DERECHOS
DEL NIÑO
La situación
general de la niñez en Honduras está condicionada por factores socio-económicos
que inciden sobre el cumplimiento o la negación de los derechos civiles
y políticos. En general, se registran avances hacia una consolidación de
la democracia y una relativa estabilización de cuestiones macroeconómicas,
los cuales permiten mejorar aspectos como la educación y la salud. A pesar
de la mejora en la democracia formal – promoción de elecciones, nuevas
instituciones, reformas constitucionales, etc. – la situación general de
vida en Honduras todavía es precaria, lo que afecta a los derechos civiles
y políticos, así como a los económicos, sociales y culturales, en
particular los de los niños, niñas y mujeres.
El artículo 1° del
Código de la Niñez y Adolescenci a establece que “Para todos los efectos
legales se entiende por niño o niña a toda persona menor de 18 años”, y por
consiguiente la mayoría de edad con la plena capacidad para realizar actos
civiles, se adquiere a los 18 años.
INSTITUCIONES SECTORIALES DE LA NIÑEZ
Luego de la ratificación en el año de 1990 de la
Convención de los Derechos del Niño se dictó una nueva legislación en
materia de infancia, constituida por el Código de la Niñez y la
Adolescencia 19 y la reconversión institucional de las entidades públicas
encargadas de velar por los derechos de la niñez. Esto permitió la transformación
de la Junta Nacional de Bienestar Social (JNBS) en el actual Instituto Hondureño
de la Niñez y la Familia – IHNFA.
EL IHNFA
Es un organismo autónomo de desarrollo social, cuyo
objetivo fundamental es la protección integral de la niñez y la familia.
Asume como mandato la coordinación de los sectores públicos y privados en
la promoción, ejecución y fiscalización de las políticas generales de
prevención y protección de la niñez. De
acuerdo con este mandato, el IHNFA es la instancia
competente para la tutela de los menores infractores o en riesgo social
que son remitidos por los jueces de la niñez. La institución cuenta, para
la atención de esta población especifica, con dos programas:
1. El “Programa De Bienestar Familiar”: que entre
otros servicios presta atención a niños menores de 6 años en centros de
cuidado diurno.
2. El “Programa De Reeducación y Reinserción Social”:
Cuyo objetivo es la reeducación y reinserción de adolescentes en conflicto
con la ley penal a través de dos subprogramas:
- Medidas Alternativas a la privación de la
libertad.
- El Programa de medidas de privación de la libertad,
que a su vez dispone de cuatro centros de internamiento, tres de ellos
para niños y uno para niñas, que tienen una capacidad máxima total de 435
internos e internas. De estos centros solo uno presenta condiciones de
centro abierto (Jalteva).
Como Hondureño y ser humano duele ver estas imagenes, sin que el gobierno se interese para revertir esta realidad.
Se que existen muchas organizaciones tratando de ayudar a muchos de estos niños pero a falta de presupuesto y voluntad política, no se ha logrado mucho, o no se a llegado a esos lugares remotos de nuestra tierra.
Se que existen muchas organizaciones tratando de ayudar a muchos de estos niños pero a falta de presupuesto y voluntad política, no se ha logrado mucho, o no se a llegado a esos lugares remotos de nuestra tierra.
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